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jueves, 26 de septiembre de 2013

MOCIÓN POR LA INCLUSIÓN DE UN MÍNIMO VITAL BÁSICO EN LA ORDENANZA DE ABASTECIMIENTO DE AGUA Y LA SUPRESIÓN DEL PAGO DE RECONEXIÓN.

A pesar del empeoramiento del servicio la subida del precio para los usuarios desde el año 2006 asciende a una media del 9% anual. Por otro en la ordenanza de abastecimiento se han facilitado los cortes de servicio ante cualquier impago, precisamente ahora donde hay situaciones sociales y familiares de personas mayores, dependientes, de jóvenes familias en paro con menores a cargo. Pero la máxima a aplicar es el beneficio económico de una empresa privada que gestiona el agua en el municipio. Se está produciendo el hecho de suspensión del servicio por la existencia de un recibo sin pagar, a lo que se suma el pago de una penalización denominada “pago de reconexión”, lo que agrava el problema económico de las familias para obtener este recurso básico. Existen motivos sobrados de interés público para fijar un mínimo vital de consumo de agua de forma gratuita. El agua es imprescindible para la vida como lo es el aire y debe existir un mínimo exento de la política de mercado y de la especulación de precios. Este mínimo vital de agua debe ser una medida previa en el marco de la estrategia de la recuperación, de la remunicipalización del servicio de abastecimiento del agua, proceso este que ya han iniciado muchas ciudades que demuestran que el camino hacia un proveedor público es posible con mejor servicio y más ahorro para las familias. Que el abastecimiento del agua esté en manos pública significa sustituir los valores del beneficio económico de una empresa, por la generalización de un servicio vital básico, por su protección como elemento medioambiental y por la participación ciudadana en la toma de decisiones. Por todo ello, proponemos al Pleno que adopte los siguientes ACUERDOS: 1¬.- Aprobar la modificación de la Ordenanza de Abastecimiento de Agua para incluir un mínimo vital básico exento del pago de tarifa alguna. 2.- Suprimir de la referida ordenanza el denominado pago de reconexión.

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