U Arafo (@IUARAFO) / Twitter https://www.facebook.com/iuarafo/

jueves, 26 de julio de 2012

POR EL CUMPLIMIENTO ESTRICTO DE LA LEY DE INCOMPATIBILIDADES DEL CARGO PÚBLICO EN LA FIGURA DEL PRIMER TENIENTE DE ALCALDE DON ROSENDO ELÍAS BATISTA GARCÍA.


POR EL CUMPLIMIENTO ESTRICTO DE LA LEY DE INCOMPATIBILIDADES DEL CARGO PÚBLICO EN LA FIGURA DEL PRIMER TENIENTE DE ALCALDE DON ROSENDO ELÍAS BATISTA GARCÍA.
                                   

Teniendo en cuenta que los concejales con dedicación exclusiva y con retribuciones a cargo de la Corporación Local están sometidos al régimen de incompatibilidad para el desarrollo de otras actividades en los términos del art. 75.1 de la Ley de Bases de Régimen Local y de la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de Incompatibilidades del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas.
Teniendo asimismo en cuenta que al ser de aplicación la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, los concejales con dedicación exclusiva no podrán ejercer las actividades siguientes:
a.                      El desempeño de actividades privadas, incluidas las de carácter profesional, sea por cuenta propia o bajo la dependencia o al servicio de entidades o particulares, en los asuntos en que este interviniendo, haya intervenido en los dos últimos años o tenga que intervenir por razón del puesto público.
Se incluyen en especial en esta incompatibilidad las actividades profesionales prestadas a personas a quienes se esté obligado a atender en el desempeño del puesto público.
b.                      La pertenencia a Consejos de Administración u órganos rectores de empresas o entidades privadas, siempre que la actividad de las mismas esté directamente relacionada con las que gestione el departamento, organismo o entidad en que preste sus servicios el personal afectado.
c.                  El desempeño, por sí o persona interpuesta, de cargos de todo orden en empresas o sociedades concesionarias, contratistas de obras, servicios o suministros, arrendatarias o administradoras de monopolios, o con participación o aval del sector público, cualquiera que sea la configuración jurídica de aquellas.
d.                  La participación superior al 10 % en el capital de las empresas o sociedades a que se refiere el párrafo anterior.



Teniendo  en cuenta que el 1er. Teniente de Alcalde Don Rosendo Elías Batista García ostenta las delegaciones genéricas de las siguientes áreas: HACIENDA, PATRIMONIO, INDUSTRIA y COMERCIO, AGRICULTURA y GANADERÍA y MONTES y las delegaciones especiales para cometidos específicos de las siguientes áreas: Gestión del “Mercadillo del Agricultor”, Coordinación con la Asociación del Agricultor, Ganadero y Artesano Tradicional del mercado de la Villa de Arafo.
Considerando que es público y notorio que hasta la fecha el citado cargo público dirigía un establecimiento en esta localidad de venta de productos destinados a la agricultura.
Considerando que en la actualidad este negocio sigue su actividad y que cabe la posibilidad de que este vinculado a familiares directos.
Dada la necesidad de mantener una separación radical entre los intereses profesionales, mercantiles o industriales con las áreas de gestión pública, y en especial respecto de aquellas que afecten o estén en relación con el ámbito de las competencias del cargo público.



Por todo ello, proponemos al Pleno que adopte los siguientes, ACUERDOS:

ÚNICO.- Promover que el Alcalde proceda a la reestructuración de su equipo de gobierno en aras de la mayor transparencia en el régimen de incompatibilidades de los cargos públicos, procediendo a eliminar las delegaciones genéricas de las siguientes áreas: COMERCIO, AGRICULTURA y GANADERÍA y las delegaciones especiales para cometidos específicos de las siguientes áreas: Gestión del “Mercadillo del Agricultor”, Coordinación con la Asociación del Agricultor, Ganadero y Artesano Tradicional del mercado de la Villa de Arafo de las competencias del 1er. Teniente Alcalde Don Rosendo Elías Batista García..



En Arafo, a 22 julio de 2012


FDO. FRANCISCO JAVIER HERNÁNDEZ HERNÁNDEZ
Concejal de Izquierda Unida- Por Tenerife.

No hay comentarios:

Publicar un comentario