http://eldia.es/2012-12-26/sur/0-IUC-censura-alcalde-expulsara-edil-pleno.htm
miércoles, 26 de diciembre de 2012
sábado, 22 de diciembre de 2012
LA EFICIENTE FISCALIZACIÓN DE IUC SOBRE LA MALA GESTIÓN DEL PP MOLESTA AL ALCALDE ARAFO Y TERMINA EXPULSANDO A NUESTRO CONCEJAL DE LA SALA DE PLENOS.
Denunciamos el exceso de autoridad, soberbia y poco rigor
democrático mostrado por el Alcalde del PP D. José Juan Lemes al expulsar del
pleno celebrado el 22/12/2012 al Concejal de IUC D. Francisco Javier Hernández.
Durante la sesión plenaria nuestro concejal a mantenido una
postura de defensa de los intereses públicos y una constante búsqueda de
información sobre las actuaciones que a nuestro entender están llevando al
borde del abismo a nuestro municipio. Ya desde el punto nº 3 del orden del día
empezaron los despropósitos y descalificaciones a nuestra fiscalización. En
este punto solicitamos que nos dijera que funciones iba a desempeñar como
representante de la FECAM en el Observatorio Industrial de Canarias y nos damos
cuenta que es desconocedor las funciones de este órgano y para que sirve, desde
este momento comienzan las hostilidades hasta que ya llegado el punto de los
presupuestos municipales, que es donde se nos expulsa de la sala.
La caída presupuestaria, el arrastre de la deuda durante
toda la gestión del PP, la ineficacia administrativa y de gestión del
geriátrico el desangre económico que están llevando a cabo las empresas
privadas que gestionan los servicios de agua potable y recogida de basuras, las
subidas impositivas en todas las tasas municipales y sobre todo el
incumplimiento total del programa electoral con el que llevaron al engaño a sus
votantes, hacen que nuestro municipio este ya dentro de una espiral en descenso
que avoca al que fue prospero municipio de Arafo a convertirse en el vagón de
cola de los municipios de Canarias como el más endeudado y con menos proyección
de futuro.
IU entiende que no hay madurez política, formación y menos
talante democrático en la gestión del municipio, la poca experiencia y la baja
cualificación de los miembros del PP arafero están llevando a los vecinos y
vecinas a la asfixia económica que ya de por si es bastante grave donde los
niveles de paros rondan el 30% de la población en edad de trabajar y no solo
eso, creemos y aseguramos que están poniendo en peligro muchos de los puestos
de trabajo de empleados/as publicas de este ayuntamiento apoyando Reformas
Laborales y sobre todo la tan famosa Reformas de los EREs. Un ejemplo es la
sobrecarga en servicios vitales como la seguridad, por su negativa a cubrir las
tan demandadas plazas de policía municipal.
Por lo tanto solicitamos una disculpa inmediata del Alcalde
por su actitud fascistoide al expulsar a nuestro concejal de la sala de plenos
y que reconozca que lo único que ha hecho nuestro concejal es defender con
contundencia el interés general. A la vez aprovechamos la oportunidad para
solicitarle que abra una mesa de dialogo, en la que nos podamos implicar todas
la fuerzas políticas de este municipio para intentar salvar a Arafo del
desastre al que no llevan las decisiones e inconcientes del PP.
Y si no es así advertimos que nuestra fiscalización será aún
más intensa, ya que nuestra aportaciones son una y otra vez desestimadas,
utilizaremos el espacio que da la oposición de permitirnos un control mucho más
severo y menos permisibles a sus posibles "tomas decisiones " alegales.
jueves, 20 de diciembre de 2012
PREGUNTAS DE IU PARA EL PLENO DEL AYUNTAMIENTO DE ARAFO
1.- A la vista de la situación de la Playa de Lima donde se están produciendo vertidos de aguas negras y de la respuesta dada a este tema en el anterior Pleno.
1.1.- Tras las gestiones que se comprometió a realizar la concejal del área, ¿Ya conocen cual es el origen de las aguas negras que se vierten directamente al lado de la Playa de Lima?
1.2.- Tras la reunión que comentaron que iban a tener con la sociedad mixta del polígono, ¿Qué conclusiones sacaron y que actuaciones piensan adoptar para corregir esta situación?
2.- En relación con el estado del Polideportivo anexo al colegio y de la zona deportiva de la Hidalga.
2.1.- Tras la reunión que anunciaron que el concejal del área iba a tener en el Cabildo sobre este tema, ¿Qué actuaciones vana adoptar y con que fechas aproximadas para revertir la situación y tener unas instalaciones mínimamente dignas donde se pueda ejercer el deporte?
3.- Ante las intervenciones del concejal de Hacienda sobre la regularización de empresas y de los pagos de agua y basura.
3.1.- ¿Existe algún tipo de plan o documento justificativo de lucha contra el fraude fiscal a nivel local que justifique tales declaraciones? ¿ Y en ese caso se nos facilitará copia de ese plan?
3.2.- ¿Qué resultados ha obtenido la regularización en materia de cobro del agua y de la basura ?
3.3.- Y en materia de regularización de empresas ¿Qué resultados ha obtenido? ¿ se ha sancionado a alguna? ¿ Se incluye en ese proceso de regularización a las empresas del Polígono y de los laterales de la TF 281?.
4.- En relación a la noticia aparecida en el periódico del Diario de Avisos del 5 de noviembre, se cita a Arafo en el primer lugar de desfase presupuestario de la isla, que con un presupuesto de 6.055.803 euros, cerró el año con un déficit en sus cuentas de 1.407.276 euros.
4.1.- ¿Desde la concejalía de Hacienda se confirman estas cifras?
4.2.- ¿Cuáles son las causas y la cuantía por cada concepto de tales desfases?
martes, 18 de diciembre de 2012
ANTENAS DE TELECOMUNICACIONES EN LAS CERCANÍAS DEL COLEGIO ANDRÉS OROZCO DE ARAFO.
Queridos amigos amigos/as le voy a contar lo que sucede
cuando un Ayuntamiento como el de Arafo permite que le secuestren el Plan
General de Ordenación (PGO). Por una total inoperancia de este PP que tenemos
que sufrir el 54% de los araferos/as que no les hemos votado no vemos obligados
a petición de los técnicos de este Ayuntamiento que han estado hábiles al quite,
a emitir un informe solicitando la modificación del informe de sostenibilidad
emitido por los redactores (Gob.de Canarias) del PGO que pretenden liberar suelo en las cercanías del
colegio Andrés Orozco para la instalación de antenas de telecomunicaciones,
esas de las que la mayoría no queremos ni ver ni sentir por cerca, pues cerca
de nuestros hijos estarán si no aceptan estas modificaciones que el pleno
solicita. (Lo mas probable)
Ya
advertíamos de que este informe contempla reservar espacio para una CENTRAL ELÉCTRICA
de ciclo combinada en el Polígono Industrial en el suelo de Arafo. IU presento
alegaciones a dicho informe y se desestimaron por los redactores.
Este
documento si se lee atentamente tienes algunas perlas que son bastante
clarificadoras.
Vean la
propuesta de los técnicos de nuestro Ayuntamiento:
ASUNTO: PLAN TERRITORIAL ESPECIAL DE
ORDENACIÓN DE INFRAESTRUCTURAS DE TELECOMUNICACIONES: APROBACIÓN INICIAL E
INFORME DE SOSTENIBILIDAD: TRÁMITE DE INFORMACIÓN PÚBLICA Y CONSULTA.
Con
fecha 02 de octubre y registro de entrada nº 5507/2012, se da traslado a esta
Corporación de la Orden
nº 313 del Consejero de Presidencia, Justicia e Igualdad por la que se aprueba
inicialmente el “Plan Territorial
Especial de Ordenación de Infraestructuras de Telecomunicación de Tenerife”,
aperturándose un plazo de información pública de dos meses, contados a partir
del día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de Canarias, con el fin de que sea sometido a la
consideración de los ciudadanos y entidades que corresponda, y puedan presentar
las sugerencias que estimen oportunas; publicándose en el BOC nº 218, de fecha
07 de noviembre de 2012.
Se
incorpora al expediente informe emitido por la Arquitecto Técnico Municipal de de fecha 30 de noviembre de 2012, cuya parte de
conclusiones dice como sigue:
“RESUMEN Y
CONCLUSIONES
H.1.- El ámbito ARF_01,
Polígono Industrial, en relación al PGO se observa que la infraestructura está
permitida en la zona delimitada como Protección de Infraestructuras, no así en
la parte que ocupa suelo clasificado como Zona Verde de Protección, por lo
tanto, la Revisión
del PGO que se encuentra en tramitación deberá recoger las modificaciones
necesarias para dar cabida a esta infraestructura de telecomunicaciones.
H.2.- En cuanto al
ámbito ARF_02, Clara García, de nueva creación, se observa que el suelo está
clasificado como equipamiento deportivo, por lo que, al igual que la anterior,
el Plan General en tramitación deberá adaptarse y recoger esta infraestructura.
H.3.- No obstante, en
relación a este último ámbito (ARF_02), se observa que se ha situado en una
zona muy próxima al Colegio y al IES Andrés Orozco, y colindando con el Campo
de Fútbol Blas Reyes y demás instalaciones deportivas del municipio.
Esta zona
es de uso habitual y diario por la población. Por tal motivo, y dado que este
tipo de instalaciones suele provocar rechazo por la población, sería
conveniente que se estudiara por parte de la Corporación la
reubicación de la infraestructura para colocarla fuera del área de influencia,
tanto del campo de fútbol y demás instalaciones deportivas, como del Colegio
citado.
H.4.- A la vista de lo
señalado, la técnico que suscribe propone a la Corporación que se
realicen las siguientes cuestiones:
Dar cuenta
al Equipo redactor del Plan General de Ordenación de Arafo, para que tenga en
cuenta la reserva de terrenos para estas infraestructuras, y regule los citados
recintos para adaptarnos al PTEOIT.
Que la
corporación estudie la posibilidad de reubicar el ámbito ARF_02, para situarlo
fuera del área de influencia de las instalaciones deportivas del municipio y
más alejado del recinto escolar, y posteriormente presentar la alegación en el
trámite de consulta del PTEOIT, si lo estima conveniente.
No se observan más
afecciones por el PTEOIT, dentro de mis competencias, que puedan afectar o
tener alguna relevancia dentro del municipio de Arafo, por lo que, por parte de
esta Oficina Técnica, no se realizan más alegaciones al mismo, salvo lo
relativo al estudio de la reubicación del ámbito ARF_02, señalado.
Lo que se pone en su
conocimiento a los efectos oportunos. Villa de Arafo a 30 de noviembre de 2012” .
Con
base a lo anteriormente expuesto, esta
Concejalía de urbanismo, propone la adopción de la siguiente
PROPUESTA
PRIMERO.-
Tomar conocimiento de la aprobación del
documento de aprobación inicial “Plan Territorial Especial de Ordenación de
Infraestructuras de Telecomunicación de Tenerife”, así como del “Informe de
Sostenibilidad Ambiental”, con fecha de
entrada en esta Corporación el día 02 de octubre y número 5507/2012.
SEGUNDO.-
Tomar conocimiento y prestar conformidad al informe emitido por la Arquitecto Técnico
Municipal, de fecha 30 de noviembre de 2012.
TERCERO.-
Reubicar el ámbito ARF_02, para situarlo fuera del
área de influencia de las instalaciones deportivas del municipio y más alejado
del recinto escolar, concretamente en las zonas delimitadas en el plano
adjunto, y posteriormente presentar la alegación en el trámite de consulta del
PTEOIT.
CUARTO.-
Dar cuenta al Equipo redactor del Plan General de Ordenación de Arafo, para que
tenga en cuenta la reserva de terrenos para estas infraestructuras, y regule
los citados recintos para adaptarnos al PTEOIT.
QUINTO.- Dar traslado del
presente acuerdo a la
Consejería de Presidencia, Justicia e Igualdad del Gobierno
de Canarias.
En la
Villa de Arafo a 12 de diciembre de 2012
lunes, 17 de diciembre de 2012
EL PP DE ARAFO HACE PAGAR OTRA VEZ LA CRISIS A LOS USUARIOS DEL SERVICIO DE GERIATRÍA.
La eterna mala gestión del PP arafero obliga a incrementar las tasas
por el servicio de geriatría, otra vez los que menos tienen serán los que paguen
su incapacidad al frente de las cuentas municipales. El incremento será de algo
más de 100 euros mensuales a los usuarios internos y 70 euros mensuales al
servicio de día. A partir de ahora las tasas a abonar en su mínimo por cada
usuario de la Residencia Geriátrica María Auxiliadora serán de:
1.-
Servicio de Residencia: 567,70 Euros/mes
2.-
Servicio de Día: 427,59 Euros/mes
PROPUESTA DE LA
ALCALDÍA
ASUNTO: Ordenanza Fiscal Reguladora de la Tasa por prestación de
servicios de geriatría: Modificación.-
Mediante resolución de la Alcaldía
551/2012, de 18 de abril de 2012 se incoa el expediente de modificación de la
Ordenanza Fiscal Reguladora de la Tasa por prestación de servicios de
Geriatría.-
Consta en el expediente informe del
costo de la prestación del servicio de Geriatría, emitido por la Trabajadora
Social, de fecha 07/05/2012.-
Consta en el expediente informe
Técnico Económico emitido por Intervención.-
No obstante el informe desfavorable
de Intervención en relación al importe de la tasa propuesta y teniendo en
cuenta la realidad económica de los vecinos del municipio, ante las
dificultades laborales existentes a nivel nacional, la precariedad de los
puestos de trabajo, los bajos niveles de rentas, etc., impiden establecer las
mismas en dichos importes, intentando conseguir por parte de este grupo
municipal financiación supramunicipal para la cobertura total del servicio.-
Es por lo que esta Alcaldía eleva al
Pleno del Ayuntamiento la siguiente
PROPUESTA DE ACUERDO
PRIMERO. Aprobar provisionalmente la modificación de la Ordenanza fiscal de
la Tasa por prestación de servicios de geriatría, con la redacción que se
recoge en el Anexo I a esta propuesta de acuerdo.
SEGUNDO. Dar al expediente la tramitación y publicidad preceptiva, mediante
exposición del mismo en el tablón de anuncios de este Ayuntamiento y en el Boletín
Oficial de la Provincia, por plazo de treinta días hábiles, dentro de los
cuales los interesados podrán examinarlo y plantear las reclamaciones que
estimen oportunas.
TERCERO. Considerar, en el supuesto de que no se presentasen reclamaciones
al expediente, en el plazo anteriormente indicado, que el Acuerdo es
definitivo, en base al artículo 17.3 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de
marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las
Haciendas Locales.
En la Villa de Arafo, a 12 de
diciembre de 2012
EL ALCALDE-PRESIDENTE
Fdo. Jose Juan Lemes Expósito
ANEXO I
A Y U N T A M I E N T O
D E
LA VILLA DE ARAFO
Año 2012
O R D E N A N Z A Núm.13
_
PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE GERIATRÍA
ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR PRESTACIÓN
DE SERVICIOS DE GERIATRÍA
ARTÍCULO 1. Fundamento
Legal
En uso de las
facultades concedidas por los artículos 133.2 y 142 de la Constitución y por el
artículo 106 de la Ley 7/1985, de 2 de Abril, Reguladora de las Bases de
Régimen Local, y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 15 a 27 del Real Decreto
Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que aprueba el Texto Refundido de la
Ley Reguladora de las Haciendas Locales, este Ayuntamiento establece la Tasa
por prestación de servicios de geriatría, que se regulará por la presente
Ordenanza, redactada conforme a lo dispuesto en el artículo 57 del Real Decreto
Legislativo 2/2004, de 5 de marzo que aprueba el Texto Refundido de la Ley
Reguladora de las Haciendas Locales.
ARTÍCULO 2. Hecho Imponible
Constituye el hecho
imponible de este tributo, el uso del servicio de la residencia en condición de
estancia permanente o de estancia solamente diurna.
ARTÍCULO 3. Periodo Impositivo y Devengo
1.
La tasa se devenga el primer día del período
impositivo.
2. El
período impositivo coincide con el trimestre natural.
3. Para los supuestos de inicio o cese en el uso
del servicio, el período impositivo se ajustará a esa circunstancia
comprendiendo, respectivamente, desde la fecha de inicio hasta el último día
del trimestre natural que le corresponda, o desde el primer día de éste hasta
la fecha de cese; en estos casos, procederá el prorrateo de la tasa en función
del tiempo de esta manera establecido.
ARTÍCULO
4. Sujetos Pasivos
Están obligados al
pago de la correspondiente tasa las personas naturales usuarias del Servicio
público de estancia en la residencia.
ARTÍCULO 5. Cuota Tributaria
1. Las tasas a abonar
por cada usuario de la Residencia Geriátrica María Auxiliadora serán de:
1.- Servicio de
Residencia: 567,70 Euros/mes
2.- Servicio de Día:
427,59 Euros/mes
ARTÍCULO 6. Normas de Gestión
1.
La tasa se exigirá, con carácter general, y una
vez de alta en el registro de contribuyentes, por el sistema de padrón en el que
figurarán todos aquellos sujetos a la misma.
2.
La tasa se liquidará mediante padrones
trimestrales, efectuándose no obstante su pago mensualmente, en el periodo de
cobranza que el Ayuntamiento determine, por los medios previstos por la
legislación y que se estimen más convenientes.
3. Una
vez notificada la liquidación correspondiente al alta en el servicio, las
notificaciones de los padrones se realizarán colectivamente, mediante anuncio
en el Boletín Oficial de la Provincia y producirá los efectos de notificación
de la liquidación a cada uno de los sujetos pasivos en él incluidos.
ARTÍCULO 8. Exenciones, reducciones y demás
beneficios legalmente aplicables
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 9
del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo por el que se aprueba el
Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, no se reconoce
beneficio tributario alguno, salvo los que sean consecuencia de lo establecido
en los Tratados o Acuerdos Internacionales, o los expresamente previstos en
normas con rango de Ley.
ARTÍCULO 9.Infracciones y sanciones tributarias
En todo lo referente a infracciones y sanciones,
será de aplicación la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, en
concreto los artículos 183 y siguientes, y las disposiciones que la
desarrollen.
DISPOSICIÓN FINAL ÚNICA
La presente Ordenanza fiscal, aprobada por el Pleno
de la Corporación y que ha quedado definitivamente aprobada, entrará en vigor
al día siguiente al de publicación en el Boletín Oficial de la Provincia y
regirá hasta su modificación
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