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martes, 26 de julio de 2016

MOCIÓN SOBRE EL PROYECTO DE LEY CANARIA DEL SUELO


 

La   experiencia   del   planeamiento   municipal   en   muchos   de   los municipios canarios, sobre todo en las áreas más urbanizadas y en las zonas turísticas, ha puesto de relieve la necesidad de la existencia de verdaderos y preceptivos procesos de formación y participativos que defienda los intereses comunes   de   la   sociedad   frente   a   los   afanes   especuladores. Una instancia que defienda el planeamiento por encima de los proyectos privados. No es casualidad que buena parte de las asociaciones cuya  creación obedece a la necesidad de canalizar la protesta contra diversos PGOs gocen de buena salud y mantengan la vitalidad de sus comienzos. Sin la intervención ciudadana, el reducido territorio canario sería víctima de la desregulación urbanística y de la confusión interesada entre beneficio privado e interés público.

Ahora nos encontramos con un Anteproyecto de Ley del Suelo,   un galimatías jurídico de 408 artículos, 15 disposiciones adicionales, 23 disposiciones transitorias,  1 derogatoria  y   7  finales,  cuyo  objetivo principal es dejar de ser un instrumento de protección y ordenación del   territorio,   para   convertirse   exclusivamente   en   un   documento flexible   en   función   de   criterios   subjetivos.   Se   establece   una ordenación a golpe de necesidad sobrevenida, que en la mayoría de los casos hace referencia a la creación de riqueza, la lucha contra la crisis   económica,   la   agilización   de   los   trámites   al   inversor,   el mantenimiento de los sectores turísticos y de la construcción, etc.


Casi no existen menciones a la protección y defensa de los valores naturales, pues se trata de una ley expansiva, creada para consumir más suelo y más recursos, en lugar de favorecer la rehabilitación, la reconversión y el futuro de la sostenibilidad. Parece que el objetivo principal fuera favorecer los beneficios de los inversores y evitar el control   que   el   actual   sistema   de   planeamiento   único,   sostenible, moderno e  inclusivo proporciona.  Al   menos en   teoría,   pues   en  la práctica las conculcaciones al ordenamiento son frecuentes, pero con más posibilidades de ser sancionadas, que es otro de las cosas que, a nuestro juicio, se pretende soslayar con la nueva ley.


Por otra parte, el control judicial solo podrá ejercerse a posteriori, previa   denuncia,   frente   a   las   decisiones   ejecutivas   de   la  Administración,   con   respecto   a   hechos   que   pueden   dar   lugar   a situaciones irreversibles.


Otro aspecto a considerar es que con la nueva ley, cualquier proyecto que    contara   con   la   previa   declaración   de   “interés   insular   o comunitario” podría ser aprobado y llevarse a la práctica en cualquier clase de suelo, con independencia de su clasificación   o calificación urbanística,   imponiéndose   incluso   al   planeamiento   existente   en   el  lugar que se trate. Se podría así, en función de intereses inmediatos, públicos   o   privados,   anular   planeamientos   previos,   poniendo   en cuestión principios constitucionales, como la igualdad ante la Ley, la seguridad jurídica y la prohibición de la arbitrariedad de los poderes públicos.

 
La proyecto de ley es poco ambicioso ante el reto de introducir mecanismos preceptivos de información, formación y participación real de la ciudadana en el sistema de planeamiento.


Porque están en juego intereses esenciales, que afectan a toda la ciudadanía   canaria,   para   que   toda   la   población   pueda   decidir   en condiciones de igualdad, este proyecto de Ley debe ser sometido a información amplia, a debate público, durante el tiempo necesario como para que la ciudadanía esté suficientemente informada.


Por ello, y teniendo en cuenta los puntos anteriores, se propone al Pleno del Ayuntamiento de Arafo los siguientes ACUERDOS:


  1. Instar al Gobierno de Canarias a que reabra el periodo de información pública   por   un   plazo   de   seis   meses,   tiempo   que   consideramos necesario para un debate amplio de todos los sectores interesados.
  2. Dar traslado de la presente moción a la Consejería de Política Territorial del Gobierno de Canarias
  3. Dar traslado de la presente moción a la FECAM a los efectos de que de la remita al resto de los Ayuntamientos de Canarias para su adhesión a la misma

En Arafo, a  22 de julio de 2016.

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